LOS DERECHOS DEL NIÑO/A HOSPITALIZADO
Convención sobre los Derechos del Niño. Ley 23.849, UNICEF Argentina.
1. Los niños serán internados en el Hospital sólo si el cuidado que requieren 2. Los niños en el hospital tienen el derecho de estar junto a sus padres o 4. Los niños y sus padres deben tener el derecho de estar informados de 6. Los niños y sus padres tienen derecho a la participación informada 8. En caso de ser invitados a participar en ensayos clínicos o pruebas, los padres deben ser 10. Los niños deben tener oportunidad de jugar, recrearse y educarse de acuerdo 12. Debe disponerse por todos los medios posibles, la continuidad del tratamiento y 13. Cada niño debe ser tratado con tacto y comprensión y su privacidad debe ser
no puede ser igualmente provisto en su hogar o en un tratamiento ambulatorio.
a un sustituto de los padres, todo el tiempo que permanezcan internados.
de sus hijos, y deben ser informados acerca de la rutina de la sala.
manera apropiada para su edad y entendimiento.
los niños el stress físico y emocional.
en todas las decisiones que tengan que ver con el cuidado de su salud.
informados detalladamente sobre el procedimiento y, una vez comprendido, deberán autorizarlo
por escrito (consentimiento informado).
Si el niño tiene capacidad de comprensión, deberá decidir por sí mismo si quiere
participar de dichas pruebas.
mismas necesidades de desarrollo y, salvo en casos de necesidad extrema, no deben
ser internados en sala de adultos.
con su edad y condiciones de salud y posibilidades del hospital.
necesidades físicas y emocionales de los niños y sus familias.
el cuidado, tanto por el equipo de salud como el grupo familiar a cargo del niño.
respetada en toda circunstancia. Esto incluye los medios de comunicación masiva.
cualquiera sea la circunstancia por la que se halla internado.